Corresponde a la garantía voluntaria asumida por Automotora del Pacífico "Landking Chile", en adelante como "Landking Chile", en las condiciones establecidas en la Libreta de Garantía entregada junto a su vehículo, prevaleciendo el plazo por el cual ella se extendió, exclusivamente, en los derechos y bajo los términos de la referida Libreta. En consecuencia, el plazo de vigencia de la presente Garantía de Landking Chile, asumida en virtud de la Libreta de Garantía no amplía, en ningún caso, los plazos y derechos establecidos en la Ley 19.496 que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, especialmente los referidos en los artículos 20 y 21 de la misma.
Esta Garantía "Landking Chile" cubre cualquier reparación en el vehículo necesaria para corregir defectos de material o de mano de obra que puedan ocurrir bajo condiciones normales de uso y funcionamiento, aplicándose sólo a los vehículos importados y distribuidos por Landking Chile, y sujeto a la realización de las mantenciones y condiciones establecidas en la Libreta de Garantía, y según sus pautas de mantenimiento.
ASPECTO | CONDICIÓN DE GARANTÍA | COMENTARIO |
1- Básico |
LK3, LK5, LK614, LK1016, 36 meses o 150.000 km condición que primero ocurra. |
Todos los componentes excepto los detallados en los aspectos Nº 3, 4, 5, 6 y 7. |
2- Tren de fuerza |
LK3, LK5, LK614, LK1016, 36 meses o 150.000 km condición que primero ocurra. | Motor, transmisión, Diferencial |
3- Consumibles |
LK3, LK5, LK614, LK1016 12 meses y/o 20.000 km
| Filtro, embrague, forro de freno, bombilla o ampolleta, correa, etc. |
4- Repuestos | LK3, LK5, LK614, LK1016 12 meses y/o 20.000 km | Instalados en talleres autorizados |
5- Batería, Radio/Audio | LK3, LK5, LK614, LK1016: 12 meses y/o 20.000 km |
Evaluable bajo condiciones normales de operación.
|
6- Óxido | LK3, LK5, LK614, LK1016: 12 meses | Cabina de camión, carrocería de bus |
7- A/C, AC cambio | LK3, LK5, LK614, LK1016: 12 meses | Pérdida de eficiencia del AC o daño prematuro del sistema
|
Depende del modelo adquirido:
1. Cualquier repuesto o servicio de mantención normal, tales como lubricación, filtros o afinamiento, plumillas de limpiaparabrisas, sistema de embrague, balatas y pastillas de frenos, bujías, refrigerantes, amortiguadores, baterías, ampolletas en general y unidades selladas de luces, parabrisas y cristales, gomas en general, equipos de radio, ornamentación externa y similares.
2. Neumáticos, ya que éstos cuentan con una garantía separada del representante local.
3. El deterioro normal de la pintura, tapices e ítems de apariencia.
4. Si los números de identificación o kilometraje fueran alterados o no pudieran ser leídos, o si el automóvil se usa en carreras o competencias deportivas.
5. Si el vehículo utiliza, por cualquier razón un combustible contaminado diferente al estipulado en el Manual de Propietario del vehículo, no importando quién o quiénes conduzcan el vehículo.
6. En casos calificados, los gastos de materiales y reparaciones realizadas en cualquier establecimiento que no sea un taller o servicio técnico autorizado de la red HYUNDAI en Chile. Además, esta garantía no se aplica a cualquier parte del auto que no funcione bien, falle o sea dañada debido a:
a) Objetos extraños que golpeen el vehículo o viceversa, dentro o fuera del camino.
b) Choque, accidente, abuso, negligencia o cualquiera otra causa imputable al usuario.
c) Si no se realiza, en tiempo y forma, cualquiera de los mantenimientos periódicos y cambios de aceite e inspección del sistema de emisiones detalladas en la Libreta de Garantía, o por no seguir estrictamente las instrucciones de uso especificadas en el Manual del Propietario, quedando a juicio exclusivo Automotora del Pacífico SpA "Landking Chile", determinar si éstas han sido aplicadas correctamente.
d) Realizar en talleres o servicios técnicos no autorizados alteraciones con el objeto de cambiar, agregar, reparar o sacar partes o piezas del vehículo y/o efectuar cualquier otra intervención al mismo y que según la sección 8. de la citada Libreta correspondan a alteraciones que debe necesariamente realizarse en talleres o servicios técnicos autorizados.
e) Si el vehículo ha sido remolcado de una manera diferente a la descrita en el Manual del Propietario.
e) Daños provocados por acción de terceros o de carácter natural como sismos, temporales, etc.
f) Instalación en el vehículo de accesorios, repuestos o equipos (indicados en la Libreta de Garantía) no proporcionados por los talleres o servicios técnicos autorizados (ej.: aparatos de radio, sistemas antirrobos, luces o focos auxiliares, economizadores de combustible, conectores de encendido, neumáticos de otra medida, llantas deportivas o desplazadas, escapes, etc.) y que además no estén homologados por el distribuidor, según lo exigido en la sección 8. de la referida Libreta.
g) Precipitación de partículas (químicas, resina de árbol, etc.) sal, fumigación, temperaturas extremas o cualquier otra causa similar externa.
A personas naturales o a las micro y pequeñas empresas (esto es, con ingresos netos anuales hasta 25.000 UF) en adelante el “Consumidor”.
Corresponde a la Garantía Legal que tiene el Consumidor de un vehículo nuevo cuando éste se encuentra defectuoso, le faltan piezas o partes o no es apto para el uso que fue destinado, o bien fue reparado, pero sus deficiencias persisten o presenta nuevas fallas. En dichos casos, y los demás establecidos por la Ley 19.496, el consumidor podrá elegir una entre las siguientes tres alternativas:
1. Reparación gratuita, o
2. Cambio del producto, previa restitución del vehículo, o
3. Devolución del dinero, previa restitución del vehículo.
En el plazo de 6 meses contados desde la recepción del vehículo.
Como regla general, el vehículo deberá ser sometido a una revisión o diagnóstico previo, a fin de determinar la causa u origen de la falla que presenta la unidad. Para ello el cliente deberá contactar al Concesionario donde realizó la compra.
Que el vehículo se restituya en buen estado y la falla o desperfecto provenga de un hecho que no sea imputable al consumidor, como, por ejemplo: introducir un combustible contaminado; usar diesel en vez de bencina; choque cuyo origen no provenga de un desperfecto del vehículo; no seguir estrictamente las instrucciones de uso especificadas en el Manual del Propietario; realizar alteraciones por servicios no autorizados con el objeto de cambiar, agregar, reparar o sacar partes o piezas del automóvil o efectuar cualquiera otra intervención al vehículo y que correspondan a alteraciones que debe necesariamente realizar un Servicio Autorizado; si el vehículo ha sido remolcado de una manera diferente a la descrita en el Manual del Propietario; daños provocados por acción de terceros o de carácter natural como sismos, temporales; entre otros.
Derechos a la triple opción | Reparación del producto | Devolución del dinero (previa restitución) | Cambio del producto (previa restitución) |
---|---|---|---|
Concesionario | x | x | x |
Importador | x | x |
En cumplimiento de art.1°, Numeral 3, inciso 3 de la Ley 19.496, se informa a los consumidores que un vehículo es un bien durable, identificado como un conjunto o universalidad de componentes complejos con alta desarrollo de ingeniería, cada uno de los cuales tiene su propia vida útil y características de duración. Un vehículo moderno puede tener una mayor o menor duración dependiendo de diferentes factores externos relacionados con su uso, hábitos de conducción, condiciones ambientales y/o de camino, así como los cuidados que recibe por parte de los usuarios, que a modo ejemplar se detallan a continuación:
1) Las condiciones de uso, manejo y kilómetros recorridos. Un vehículo que más se utiliza y en condiciones más adversas, sufre un mayor desgaste.
2) Las condiciones de carga. La carga de un vehículo, por sobre lo determinado por el fabricante, disminuye considerablemente su vida útil. Esto es especialmente importante en vehículos de uso comercial.
3) Condición de camino por los que circula (el uso en caminos y condiciones geográficas adversas son consideradas condiciones severas y disminuyen la vida útil)
4) Plan de Mantenimiento recomendado por la marca y la rigurosidad que los usuarios le den a este punto.
5) Mantenimiento correctivo y ejecución de Campañas de Servicio y la atención oportuna de cualquier falla por parte del usuario. El no realizar oportunamente las reparaciones y atender las notificaciones de campañas, puede agravar una condición de falla y disminuir la vida útil no solo del sistema en cuestión, sino también de otros sistemas en el vehículo.
6) Siniestros, calidad de las reparaciones y repuestos utilizados.
7) El uso de Repuestos Genuinos y Servicios Autorizados oficiales de la marca. Aseguran que el vehículo se mantendrá funcionado en las condiciones originales de diseño y fabricación proyectadas por la marca.
8) Poner atención a los sistemas de advertencia del automóvil (luces de tablero, entre otros) y atención temprana de problemas relacionados con ellos.
9) La elección de vehículos con sistemas avanzados de asistencia a la conducción puede aumentar la vida útil, al disminuir el riesgo de accidentes de tránsito.
En virtud de los múltiples factores expuestos anteriormente que determinan el tiempo de duración del bien en condiciones previsibles de uso, el proveedor informa a los consumidores que la duración del vehículo motorizado y la disponibilidad de sus repuestos y respectivos talleres de servicio técnico para su reparación corresponde al periodo de garantía informado por la marca en la Libreta de Garantía y Mantenimiento respectiva.
Además, el proveedor informa a los consumidores que la duración de los repuestos en general será de al menos un año contado desde la entrega. Sin perjuicio de lo anterior, los repuestos de desgaste, tales como filtro de aire, pastillas de freno y amortiguadores, tendrán una duración de seis meses contados desde la entrega.
A personas naturales o a las micro y pequeñas empresas (esto es, con ingresos netos anuales hasta 25.000 UF) en adelante el “Consumidor”.
Es la facultad que tiene el Consumidor para poner término al contrato de compraventa, sin expresión de causa bajo ciertas condiciones.
No procederá el Retracto en aquellos bienes que hubiesen sido confeccionados conforme a las especificaciones del Consumidor, como, por ejemplo, aquellos vehículos que son solicitados con carrocería y/o equipamiento adicional.
En el plazo de 10 días contados desde la recepción del vehículo. Este plazo se ampliará a 90 días si el Concesionario no remitiere la confirmación escrita del contrato que el artículo 12 A de la Ley N°19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, exige para los contratos celebrados por medios electrónicos; o en aquellos que se aceptare una oferta realizada a través de catálogo, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.s la facultad que tiene el Consumidor para poner término al contrato de compraventa, sin expresión de causa bajo ciertas condiciones.
Si la compra fue realizada por cualquier medio a distancia, deberá enviar un correo electrónico al Concesionario donde realizó la compra o al teléfono de contacto del mismo.
Si la compra fue presencial, podrá solicitarse al ejecutivo de ventas del Concesionario en donde se efectuó la compra.
En ambos casos, para proceder al retracto, el Consumidor deberá suscribir un documento de resciliación del contrato de compraventa.
Es la facultad que tiene el Consumidor para poner término al contrato de compraventa, sin expresión de causa bajo ciertas condiciones.
Si el Consumidor ejerce el derecho a retracto cumpliendo todos los requisitos estipulados en esta Política de Derecho a Retracto, el Concesionario estará obligado a devolverle las sumas abonadas, sin retención de gastos, a la mayor brevedad posible y, en cualquier caso, antes de cuarenta y cinco días siguientes a la recepción de la comunicación del retracto. Lo anterior, siempre y cuando se acredite la resciliación arriba citada a través de un certificado de anotaciones vigentes de vehículos motorizados emitido por el Registro Civil.
El retracto no considera la devolución de los gastos asociados a la compra, tales como Inscripción, Permiso de circulación, SOAP y fletes. Dichos gastos son de exclusivo cargo del Consumidor.
En aquellos casos en que el precio del bien o servicio haya sido cubierto total o parcialmente con un crédito otorgado al Consumidor por el proveedor o por un tercero previo acuerdo entre éste y el proveedor, el retracto resolverá dicho crédito. En caso de haber costos involucrados, éstos serán de cargo del Consumidor, cuando el crédito haya sido otorgado por un tercero.
Sólo a las personas naturales o a las micro y pequeñas empresas (esto es, con ingresos netos anuales hasta 25.000 UF), en adelante el “Consumidor”.
Es el derecho del Consumidor a exigir del proveedor un vehículo de similares características cuando el ejercicio de la garantía legal o garantía Landking Chile(voluntaria) conlleve a privarlo del uso de su vehículo por un término superior a 5 días hábiles.
Se debe solicitar en el mismo Concesionario en donde haya realizado la compra y/o en el servicio técnico en donde el vehículo se encuentre.
Corresponde a la garantía voluntaria asumida por Automotora del Pacífico "Landking Chile", en adelante como "Landking Chile", en las condiciones establecidas en la Libreta de Garantía entregada junto a su vehículo, prevaleciendo el plazo por el cual ella se extendió, exclusivamente, en los derechos y bajo los términos de la referida Libreta. En consecuencia, el plazo de vigencia de la presente Garantía de Landking Chile, asumida en virtud de la Libreta de Garantía no amplía, en ningún caso, los plazos y derechos establecidos en la Ley 19.496 que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, especialmente los referidos en los artículos 20 y 21 de la misma.
Esta Garantía "Landking Chile" cubre cualquier reparación en el vehículo necesaria para corregir defectos de material o de mano de obra que puedan ocurrir bajo condiciones normales de uso y funcionamiento, aplicándose sólo a los vehículos importados y distribuidos por Landking Chile, y sujeto a la realización de las mantenciones y condiciones establecidas en la Libreta de Garantía, y según sus pautas de mantenimiento.
ASPECTO | CONDICIÓN DE GARANTÍA | COMENTARIO |
1- Básico |
LK3, LK5, LK614, LK1016, 36 meses o 150.000 km condición que primero ocurra. |
Todos los componentes excepto los detallados en los aspectos Nº 3, 4, 5, 6 y 7. |
2- Tren de fuerza |
LK3, LK5, LK614, LK1016, 36 meses o 150.000 km condición que primero ocurra. | Motor, transmisión, Diferencial |
3- Consumibles |
LK3, LK5, LK614, LK1016 12 meses y/o 20.000 km
| Filtro, embrague, forro de freno, bombilla o ampolleta, correa, etc. |
4- Repuestos | LK3, LK5, LK614, LK1016 12 meses y/o 20.000 km | Instalados en talleres autorizados |
5- Batería, Radio/Audio | LK3, LK5, LK614, LK1016: 12 meses y/o 20.000 km |
Evaluable bajo condiciones normales de operación.
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6- Óxido | LK3, LK5, LK614, LK1016: 12 meses | Cabina de camión, carrocería de bus |
7- A/C, AC cambio | LK3, LK5, LK614, LK1016: 12 meses | Pérdida de eficiencia del AC o daño prematuro del sistema
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Depende del modelo adquirido:
1. Cualquier repuesto o servicio de mantención normal, tales como lubricación, filtros o afinamiento, plumillas de limpiaparabrisas, sistema de embrague, balatas y pastillas de frenos, bujías, refrigerantes, amortiguadores, baterías, ampolletas en general y unidades selladas de luces, parabrisas y cristales, gomas en general, equipos de radio, ornamentación externa y similares.
2. Neumáticos, ya que éstos cuentan con una garantía separada del representante local.
3. El deterioro normal de la pintura, tapices e ítems de apariencia.
4. Si los números de identificación o kilometraje fueran alterados o no pudieran ser leídos, o si el automóvil se usa en carreras o competencias deportivas.
5. Si el vehículo utiliza, por cualquier razón un combustible contaminado diferente al estipulado en el Manual de Propietario del vehículo, no importando quién o quiénes conduzcan el vehículo.
6. En casos calificados, los gastos de materiales y reparaciones realizadas en cualquier establecimiento que no sea un taller o servicio técnico autorizado de la red HYUNDAI en Chile. Además, esta garantía no se aplica a cualquier parte del auto que no funcione bien, falle o sea dañada debido a:
a) Objetos extraños que golpeen el vehículo o viceversa, dentro o fuera del camino.
b) Choque, accidente, abuso, negligencia o cualquiera otra causa imputable al usuario.
c) Si no se realiza, en tiempo y forma, cualquiera de los mantenimientos periódicos y cambios de aceite e inspección del sistema de emisiones detalladas en la Libreta de Garantía, o por no seguir estrictamente las instrucciones de uso especificadas en el Manual del Propietario, quedando a juicio exclusivo Automotora del Pacífico SpA "Landking Chile", determinar si éstas han sido aplicadas correctamente.
d) Realizar en talleres o servicios técnicos no autorizados alteraciones con el objeto de cambiar, agregar, reparar o sacar partes o piezas del vehículo y/o efectuar cualquier otra intervención al mismo y que según la sección 8. de la citada Libreta correspondan a alteraciones que debe necesariamente realizarse en talleres o servicios técnicos autorizados.
e) Si el vehículo ha sido remolcado de una manera diferente a la descrita en el Manual del Propietario.
e) Daños provocados por acción de terceros o de carácter natural como sismos, temporales, etc.
f) Instalación en el vehículo de accesorios, repuestos o equipos (indicados en la Libreta de Garantía) no proporcionados por los talleres o servicios técnicos autorizados (ej.: aparatos de radio, sistemas antirrobos, luces o focos auxiliares, economizadores de combustible, conectores de encendido, neumáticos de otra medida, llantas deportivas o desplazadas, escapes, etc.) y que además no estén homologados por el distribuidor, según lo exigido en la sección 8. de la referida Libreta.
g) Precipitación de partículas (químicas, resina de árbol, etc.) sal, fumigación, temperaturas extremas o cualquier otra causa similar externa.
A personas naturales o a las micro y pequeñas empresas (esto es, con ingresos netos anuales hasta 25.000 UF) en adelante el “Consumidor”.
Corresponde a la Garantía Legal que tiene el Consumidor de un vehículo nuevo cuando éste se encuentra defectuoso, le faltan piezas o partes o no es apto para el uso que fue destinado, o bien fue reparado, pero sus deficiencias persisten o presenta nuevas fallas. En dichos casos, y los demás establecidos por la Ley 19.496, el consumidor podrá elegir una entre las siguientes tres alternativas:
1. Reparación gratuita, o
2. Cambio del producto, previa restitución del vehículo, o
3. Devolución del dinero, previa restitución del vehículo.
En el plazo de 6 meses contados desde la recepción del vehículo.
Como regla general, el vehículo deberá ser sometido a una revisión o diagnóstico previo, a fin de determinar la causa u origen de la falla que presenta la unidad. Para ello el cliente deberá contactar al Concesionario donde realizó la compra.
Que el vehículo se restituya en buen estado y la falla o desperfecto provenga de un hecho que no sea imputable al consumidor, como, por ejemplo: introducir un combustible contaminado; usar diesel en vez de bencina; choque cuyo origen no provenga de un desperfecto del vehículo; no seguir estrictamente las instrucciones de uso especificadas en el Manual del Propietario; realizar alteraciones por servicios no autorizados con el objeto de cambiar, agregar, reparar o sacar partes o piezas del automóvil o efectuar cualquiera otra intervención al vehículo y que correspondan a alteraciones que debe necesariamente realizar un Servicio Autorizado; si el vehículo ha sido remolcado de una manera diferente a la descrita en el Manual del Propietario; daños provocados por acción de terceros o de carácter natural como sismos, temporales; entre otros.
Derechos a la triple opción | Reparación del producto | Devolución del dinero (previa restitución) | Cambio del producto (previa restitución) |
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Concesionario | x | x | x |
Importador | x | x |
En cumplimiento de art.1°, Numeral 3, inciso 3 de la Ley 19.496, se informa a los consumidores que un vehículo es un bien durable, identificado como un conjunto o universalidad de componentes complejos con alta desarrollo de ingeniería, cada uno de los cuales tiene su propia vida útil y características de duración. Un vehículo moderno puede tener una mayor o menor duración dependiendo de diferentes factores externos relacionados con su uso, hábitos de conducción, condiciones ambientales y/o de camino, así como los cuidados que recibe por parte de los usuarios, que a modo ejemplar se detallan a continuación:
1) Las condiciones de uso, manejo y kilómetros recorridos. Un vehículo que más se utiliza y en condiciones más adversas, sufre un mayor desgaste.
2) Las condiciones de carga. La carga de un vehículo, por sobre lo determinado por el fabricante, disminuye considerablemente su vida útil. Esto es especialmente importante en vehículos de uso comercial.
3) Condición de camino por los que circula (el uso en caminos y condiciones geográficas adversas son consideradas condiciones severas y disminuyen la vida útil)
4) Plan de Mantenimiento recomendado por la marca y la rigurosidad que los usuarios le den a este punto.
5) Mantenimiento correctivo y ejecución de Campañas de Servicio y la atención oportuna de cualquier falla por parte del usuario. El no realizar oportunamente las reparaciones y atender las notificaciones de campañas, puede agravar una condición de falla y disminuir la vida útil no solo del sistema en cuestión, sino también de otros sistemas en el vehículo.
6) Siniestros, calidad de las reparaciones y repuestos utilizados.
7) El uso de Repuestos Genuinos y Servicios Autorizados oficiales de la marca. Aseguran que el vehículo se mantendrá funcionado en las condiciones originales de diseño y fabricación proyectadas por la marca.
8) Poner atención a los sistemas de advertencia del automóvil (luces de tablero, entre otros) y atención temprana de problemas relacionados con ellos.
9) La elección de vehículos con sistemas avanzados de asistencia a la conducción puede aumentar la vida útil, al disminuir el riesgo de accidentes de tránsito.
En virtud de los múltiples factores expuestos anteriormente que determinan el tiempo de duración del bien en condiciones previsibles de uso, el proveedor informa a los consumidores que la duración del vehículo motorizado y la disponibilidad de sus repuestos y respectivos talleres de servicio técnico para su reparación corresponde al periodo de garantía informado por la marca en la Libreta de Garantía y Mantenimiento respectiva.
Además, el proveedor informa a los consumidores que la duración de los repuestos en general será de al menos un año contado desde la entrega. Sin perjuicio de lo anterior, los repuestos de desgaste, tales como filtro de aire, pastillas de freno y amortiguadores, tendrán una duración de seis meses contados desde la entrega.
A personas naturales o a las micro y pequeñas empresas (esto es, con ingresos netos anuales hasta 25.000 UF) en adelante el “Consumidor”.
Es la facultad que tiene el Consumidor para poner término al contrato de compraventa, sin expresión de causa bajo ciertas condiciones.
No procederá el Retracto en aquellos bienes que hubiesen sido confeccionados conforme a las especificaciones del Consumidor, como, por ejemplo, aquellos vehículos que son solicitados con carrocería y/o equipamiento adicional.
En el plazo de 10 días contados desde la recepción del vehículo. Este plazo se ampliará a 90 días si el Concesionario no remitiere la confirmación escrita del contrato que el artículo 12 A de la Ley N°19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, exige para los contratos celebrados por medios electrónicos; o en aquellos que se aceptare una oferta realizada a través de catálogo, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.s la facultad que tiene el Consumidor para poner término al contrato de compraventa, sin expresión de causa bajo ciertas condiciones.
Si la compra fue realizada por cualquier medio a distancia, deberá enviar un correo electrónico al Concesionario donde realizó la compra o al teléfono de contacto del mismo.
Si la compra fue presencial, podrá solicitarse al ejecutivo de ventas del Concesionario en donde se efectuó la compra.
En ambos casos, para proceder al retracto, el Consumidor deberá suscribir un documento de resciliación del contrato de compraventa.
Es la facultad que tiene el Consumidor para poner término al contrato de compraventa, sin expresión de causa bajo ciertas condiciones.
Si el Consumidor ejerce el derecho a retracto cumpliendo todos los requisitos estipulados en esta Política de Derecho a Retracto, el Concesionario estará obligado a devolverle las sumas abonadas, sin retención de gastos, a la mayor brevedad posible y, en cualquier caso, antes de cuarenta y cinco días siguientes a la recepción de la comunicación del retracto. Lo anterior, siempre y cuando se acredite la resciliación arriba citada a través de un certificado de anotaciones vigentes de vehículos motorizados emitido por el Registro Civil.
El retracto no considera la devolución de los gastos asociados a la compra, tales como Inscripción, Permiso de circulación, SOAP y fletes. Dichos gastos son de exclusivo cargo del Consumidor.
En aquellos casos en que el precio del bien o servicio haya sido cubierto total o parcialmente con un crédito otorgado al Consumidor por el proveedor o por un tercero previo acuerdo entre éste y el proveedor, el retracto resolverá dicho crédito. En caso de haber costos involucrados, éstos serán de cargo del Consumidor, cuando el crédito haya sido otorgado por un tercero.
Sólo a las personas naturales o a las micro y pequeñas empresas (esto es, con ingresos netos anuales hasta 25.000 UF), en adelante el “Consumidor”.
Es el derecho del Consumidor a exigir del proveedor un vehículo de similares características cuando el ejercicio de la garantía legal o garantía Landking Chile(voluntaria) conlleve a privarlo del uso de su vehículo por un término superior a 5 días hábiles.
Se debe solicitar en el mismo Concesionario en donde haya realizado la compra y/o en el servicio técnico en donde el vehículo se encuentre.
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